AÑO 1899
La cédula personal era el equivalente al DNI en la época. Se trataba de un documento que había ido sustituyendo progresivamente a otros salvoconductos, permitiendo el desplazamiento de sus titulares:

A principios del siglo XIX el pasaporte era obligatorio en España para viajar incluso dentro de la Península e islas adyacentes. Será en 1854 cuando el pasaporte quedará como un documento necesario sólo para salir de la Península, para Ultramar y para el extranjero. Desde esa fecha se puede ya circular dentro de nuestro país con otros documentos como las cartas de identidad o las cédulas personales. Un poco más tarde, en el año 1862, el pasaporte deja de ser necesario para salir de la Península, Ultramar y extranjero, siendo suficiente la cédula personal.
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